¿Puede un titular de visa J-1 o J-2 solicitar una visa EB-5?

Un titular de visa J-1 o J-2 puede comenzar el proceso EB-5 y presentar el Formulario I-526E. La única complicación potencial es si el estatus del titular de la visa J-1 o J-2 está sujeto al requisito de residencia en casa de dos años. Después de presentar el Formulario I-526E, el titular de la visa J-1 o J-2 no podrá ajustar su estatus y recibir un Green Card condicional hasta que haya cumplido con el requisito de residencia de dos años. Para cumplir con el requisito, el posible inversionista EB-5 debe regresar a su país de origen por un mínimo de dos años después de completar el programa de visitantes de intercambio u obtener una exención que los exima.

¿Quién está sujeto al requisito de residencia en casa de dos años?

Los titulares de visas J-1 o J-2 pueden estar sujetos al requisito de residencia en el hogar de dos años si se les aplica alguna de las siguientes condiciones:

  • El titular de la visa participó en un programa de intercambio financiado por el gobierno.
  • El titular de la visa participó en un programa que requería habilidades o conocimientos especializados con el interés de avanzar en el desarrollo en un campo o área de estudio específica en su país de origen.
  • El titular de la visa participó en un programa de capacitación o educación médica a nivel de posgrado.

Elegibilidad para la exención y cómo obtenerla

Si el titular de la visa J-1 o J-2 no puede cumplir con el requisito de residencia de dos años, puede solicitar una exención. Cualquiera de los siguientes motivos es válido para recomendar una exención: una declaración de no objeción; solicitud especial a través de una agencia del gobierno federal de los EE. UU. interesada; la creencia de persecución al regresar a su país de origen; prueba de que la salida causaría dificultades excepcionales al cónyuge o hijo ciudadano estadounidense del titular de la visa; o solicitud especial a través de un Departamento de Salud Pública del Estado designado.

Para solicitar una exención, el titular de la visa J-1 o J-2 debe presentar una solicitud electrónica a través del sitio web del Departamento de Estado de EE. UU. junto con los documentos de respaldo y la tarifa de solicitud. Dependiendo de la base de su recomendación, es posible que también deban presentar el Formulario I-612.

Solicitar una visa EB-5

Una vez que se haya cumplido con el requisito de residencia de dos años, el titular de la visa J-1 o J-2 puede solicitar una visa EB-5. El primer paso sería contratar a un abogado de inmigración con experiencia y realizar la debida diligencia en los proyectos de inversión EB-5 disponibles.

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