¿Puede un ciudadano extranjero en los Estados Unidos con una solicitud de asilo pendiente acogerse al Programa EB-5?

Una solicitud de asilo y el programa EB-5 pueden ser tramitarse de manera simultánea. Por lo tanto, un ciudadano extranjero con una petición de asilo pendiente puede comenzar el proceso EB-5 presentando el Formulario I-526E.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que existen una serie de factores a considerar en esta situación. Por ejemplo, si bien la solicitud de asilo pendiente otorga al solicitante una estadía autorizada en los EE. UU., no le confiere ninguna forma de estatus legal de no inmigrante. Por lo tanto, a menos que el solicitante de asilo haya logrado mantener el estatus legal de no inmigrante en los Estados Unidos, no será posible que ajuste su estatus como inversor EB-5 después de la aprobación del Formulario I-526E. En este caso, el inversor EB-5 tendría que regresar a su país de origen para el procesamiento consular. Sin embargo, el acto de regresar a su país de origen puede tener un impacto negativo en la solicitud de asilo pendiente. Además, si el posible inversor EB-5 tenía antecedentes de presencia ilegal como solicitante de asilo o había trabajado sin la debida autorización, esto podría afectar su elegibilidad para el programa EB-5. Finalmente, la solicitud de asilo debe ser completamente legítima y no frívola: cualquier hallazgo de fraude podría afectar la solicitud EB-5 del posible inversor, pendiente de la petición de asilo, y tener consecuencias a largo plazo.

Cualquier posible inversor EB-5 con una solicitud de asilo pendiente debe buscar el consejo de un abogado de inmigración con experiencia antes de proceder para comprender completamente los riesgos y consecuencias potenciales.

Asilo en los Estados Unidos

Las personas que están físicamente presentes en los Estados Unidos y no tienen la ciudadanía estadounidense pueden solicitar asilo. Para ser elegible para el asilo, el solicitante debe ser una persona que no quiera o no pueda regresar a su país de origen por temor a ser procesado debido a su raza, nacionalidad, religión, opinión política o pertenencia a un grupo social en particular.

El solicitante puede solicitar asilo de forma activa, defensiva o mediante procedimientos de deportación acelerados. Por lo general, se requiere que el solicitante de asilo pida asilo dentro de un año de su llegada más reciente a los Estados Unidos. Para aplicar, el solicitante debe presentar el Formulario I-589, Solicitud de Asilo y Retención de Deportación.

Una vez que se ha otorgado y mantenido el estatus de asilo durante al menos un año, el asilado puede solicitar el estatus de residente permanente legal.

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