¿Puede un inversor EB-5 extender el estatus P-3 una vez que fue presentada una solicitud I-526E?
[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row height=»auto» css=»%7B%22default%22%3A%7B%22padding-top%22%3A%2230px%22%2C%22padding-bottom%22%3A%2210px%22%7D%7D» el_class=»contact-form-section»][vc_column][vc_column_text][/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row height=»auto» css=»%7B%22default%22%3A%7B%22padding-top%22%3A%2230px%22%2C%22padding-bottom%22%3A%2230px%22%7D%7D» el_class=»contact-form-section»][vc_column][us_image image=»68701″ align=»center»][/vc_column][/vc_row][vc_row height=»auto» css=»%7B%22default%22%3A%7B%22margin-bottom%22%3A%2250px%22%2C%22padding-top%22%3A%2230px%22%2C%22padding-bottom%22%3A%2230px%22%7D%7D» el_class=»contact-form-section»][vc_column][vc_column_text]Sí, siempre que el titular de la visa P-3 no esté clasificado como personal de apoyo, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) generalmente permitirá extensiones de P-3 para los titulares de visas con solicitudes de inmigración pendientes, incluida la solicitud I-526E.Una vez que la visa P-3 del inversor EB-5 haya expirado o el espectáculo cultural para el cual fue admitido haya concluido, se le pedirá que regrese a su país de origen. Tras la aprobación de la petición I-526E, el inversor EB-5 deberá someterse a un proceso consular a través de la embajada u oficina consular local de los EE. UU. ubicada en su país de origen.
Visa P-3
La clasificación P-3 permite a los ciudadanos extranjeros ingresar temporalmente a los Estados Unidos con fines creativos, específicamente «solo para realizar, enseñar o capacitar según un programa comercial o no comercial que sea culturalmente único», según el Manual de Políticas del USCIS. Por lo general, la clasificación se otorga a artistas y profesionales del espectáculo, ya sean artistas individuales o grupos.
El criterio de «culturalmente único», que desempeña un papel importante en la adjudicación de solicitudes de visa P-3, generalmente se refiere a una forma de arte tradicional con raíces históricas y orígenes en una cultura específica. El solicitante de una visa P-3 debe tener la intención de participar en un evento cultural en los Estados Unidos y demostrar en su solicitud cómo su desempeño particular contribuirá al desarrollo y comprensión de su forma de arte.
Para solicitar una visa P-3, un empleador, agente o entidad patrocinadora de los EE. UU. debe presentar el Formulario I-129, solicitud para un trabajador no inmigrante, en nombre del solicitante. Se debe adjuntar a la solicitud una serie de documentación de respaldo, incluida una copia del contrato entre el solicitante y el beneficiario, un esquema e itinerario del evento cultural, documentación que certifique la autenticidad de la habilidad y la forma de arte del solicitante, documentación que afirme la singularidad cultural de las actuaciones planificadas y una consulta por escrito de una organización laboral adecuada.
Si el titular de la visa P-3 requiere más tiempo para continuar o concluir su actuación cultural, se pueden otorgar extensiones de la visa P-3 en incrementos de un año. Para extender una visa P-3, el patrocinador o empleador del titular de la visa debe presentar una nueva solicitud I-129 solicitando una extensión. Si el solicitante está cambiando de empleador, no se le permitirá comenzar a trabajar con el nuevo empleador hasta que se haya aprobado la nueva solicitud I-129.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]
